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Será necesario un Coordinador de Seguridad y Salud cuando en la ejecución de la obra intervengan más de una empresa, o una empresa y un trabajador autónomo o diversos trabajadores autónomos. Será nombrado por el promotor y se integrará en la dirección facultativa. Será necesario un Coordinador de Seguridad y Salud cuando en la ejecución de la obra intervengan más de una empresa, o una empresa y un trabajador autónomo o diversos trabajadores autónomos. Será nombrado por el promotor y se integrará en la dirección facultativa. Es Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra, el técnico competente designado para llevar a cabo las tareas que se mencionan en el artículo 9 del RD 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. |
Esta figura recae en un técnico que cuenta con formación de Ingeniero, Ingeniero técnico o Arquitecto, Arquitecto técnico. Además todos nuestros Coordinadores de Seguridad y Salud tienen el Máster en Prevención de Riesgos Laborales por la rama de Seguridad. Funciones: |
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Principios generales aplicables durante la ejecución de una obra:
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